Por: Mtro. Rodolfo Guerrero Martínez (México)
Director de ética en IA y en asuntos internacionales en EIA. Socio ENATIC (España) y vocal de LegalTech e Innovación LATAM en la Comisión Joven. CEO de Coffee Law SC (México). Titular de la Comisión de Legaltech INCAM Occidente. Profesor de Aspectos legales de criptomonedas y criptoactivos, así como de Finanzas tecnológicas en la Universidad Panamericana, Campus Guadalajara.
La administración de justicia en Iberoamérica se encuentra inmersa en una transición crítica hacia la digitalización, forzada en gran medida por la obsolescencia de los sistemas presenciales que quedaron al descubierto tras la crisis sanitaria global. Este cambio de paradigma y productividad no debe limitarse a una mera actualización de herramientas, sino que debe entenderse como la piedra angular para alcanzar un servicio público que cumpla con los estándares de transparencia y eficacia que la sociedad demanda.
En este contexto, se postula que la transformación digital que como enmarca Amcham Argentina et al (2021) es una condición irrenunciable para modernizar el ecosistema judicial y reducir los márgenes de discrecionalidad en la gestión de las causas.
Conforme a esta premisa, se sostiene que la innovación tecnológica debe ser el vehículo para reingenierizar los procesos internos y no un fin en sí mismo que simplemente replique la burocracia analógica en entornos virtuales. Para ilustrar dicho punto, debe considerarse el despliegue de sistemas de gestión que permitan la tramitación íntegramente electrónica con el objetivo de garantizar que los expedientes dejen de ser acumulaciones de papel para convertirse en flujos de datos dinámicos, accesibles, transparentes y auditables.
I. Reconfiguración de los paradigmas cognitivos en la gestión pública
El éxito de la reforma judicial depende, fundamentalmente, de una evolución profunda en la cultura organizacional y en los modelos mentales de quienes integran el Poder Judicial. A través de esta visualización, se advierte que para superar la histórica aversión al riesgo y la resistencia al cambio, es imperativo que los funcionarios judiciales dejen de percibirse como meros aplicadores de normas aislados de la realidad social y asuman un rol de servidores públicos proactivos.
En concordancia a ello, López & Ceballos (2018) argumentan que la cultura judicial está intrínsecamente ligada a la forma en que los integrantes de la organización sienten y se comportan en su quehacer diario. En tal sentido, el liderazgo transformacional es el motor que permite desaprender las jerarquías verticales y castrenses para dar paso a estructuras de aprendizaje continuo y autonomía responsable.
Como muestra de lo señalado, la adopción de esquemas de trabajo colaborativo en los despachos judiciales permite que el personal administrativo proponga soluciones creativas a los retrasos procesales, basándose en su experiencia directa con el justiciable.
Complementariamente, la visión de la justicia debe transitar hacia un modelo de servicio digital que priorice la seguridad jurídica y la eficiencia operativa mediante la cooperación entre sectores.
Al respecto Castaño (2022) menciona que la justicia no debe entenderse como un espacio físico rígido, sino como un derecho que se materializa mediante un servicio esencial apoyado en mecanismos tecnológicos que faciliten el cumplimiento normativo. Desde esta perspectiva, la innovación exige que los órganos de dirección promuevan normatividades procesales que habiliten el uso de la tecnología como un instrumento de fortalecimiento democrático.
Un caso representativo de lo establecido es la implementación de la firma electrónica y el visor de expedientes, los cuales eliminan la necesidad de traslados físicos y aseguran la integridad de los actos procesales de forma remota.
II. Estructuras de gobernanza informática para la integridad del dato
Para que la transformación sea sostenible, se requiere una organización tecnológica robusta que cuente con un modelo de gobierno capaz de coordinar y supervisar la ejecución de la estrategia digital. Resulta fundamental la creación de un ente rector con atribuciones claras que alinee los esfuerzos de los diversos actores del sistema bajo una visión estratégica común y unificada (Banco Interamericano de Desarrollo [BID], 2022).
Por consiguiente, la gobernanza no solo debe ocuparse de la infraestructura física, sino de garantizar que el marco normativo brinde plena seguridad jurídica al uso de las nuevas tecnologías. Tal es el asunto de los planes de interoperabilidad que permiten conectar los sistemas de los tribunales con otras administraciones públicas, asegurando que el dato fluya de manera automática y segura entre organismos.
En esta misma línea, el dato debe ser valorado como un activo estratégico y un bien público que sustenta la toma de decisiones informadas y la mejora de las políticas públicas. De hecho, el CAF (2022) sostiene que la utilización estratégica de la información y de la inteligencia artificial permite habilitar lo que se denomina una burocracia inteligente que optimiza los plazos de respuesta judicial.
Bajo este enfoque, se propone que la integridad informativa es la base para mitigar daños colaterales derivados de la mora judicial y la falta de criterios unificados. Para concretar lo anterior, la implementación de cuadros de mando permite a los gestores judiciales monitorear el desempeño de los juzgados en tiempo real, identificando cuellos de botella antes de que se conviertan en retrasos crónicos.
III. Democratización del acceso mediante el diseño centrado en el ciudadano
La innovación judicial alcanza su propósito social cuando se orienta a eliminar las barreras geográficas, económicas e informativas que históricamente han dificultado el acceso equitativo a la justicia. Esto implica adoptar metodologías de diseño participativo que involucren activamente a los usuarios finales en la creación de soluciones digitales, evitando que las herramientas sean diseñadas exclusivamente bajo la visión técnica de los abogados.
La mayoría de las tecnologías de acceso a la justicia reflejan las prioridades de los profesionales del derecho en lugar de atender las necesidades reales de los ciudadanos a quienes deben servir (Hagan, 2019). Ciertamente, un sistema judicial democratizado es aquel que ofrece interfaces intuitivas y amigables que no requieren competencias tecnológicas avanzadas para ser operadas.
Por ejemplo, la organización de talleres de rediseño de servicios (como procesos de divorcio o reclamos de pequeñas cuantías) permite que los litigantes aporten su perspectiva sobre qué información es realmente útil y cómo prefieren recibir las notificaciones.
Asimismo, la innovación debe proponer soluciones que acerquen la justicia a los sectores más vulnerables de la población mediante el uso de herramientas de comunicación masiva y remota.
El uso de las tecnologías de la información ofrece soluciones para no detener los procesos jurídicos y acercar la cultura de la legalidad a los ciudadanos que no pueden acudir físicamente a los juzgados (Aguirre Quezada, 2021). Visto de esta manera, la justicia digital actúa como un medio para proteger a las víctimas y castigar al culpable de forma ágil y oportuna.
Un ejemplo notable de esta tendencia es el uso de portales de servicios 24/7 y la promoción de amparos vía electrónica, lo cual garantiza que la protección jurisdiccional sea inmediata, independientemente de la ubicación geográfica del solicitante.
IV. Marcos de ética algorítmica para la transparencia procesal
La integración de la inteligencia artificial en la función judicial plantea desafíos éticos que exigen marcos normativos sólidos para garantizar el debido proceso tecnológico y la dignidad humana, por tanto, resulta imperativo que los sistemas automatizados se diseñen de acuerdo a un enfoque de caja blanca, permitiendo que cada decisión sea razonada, fundada y totalmente trazable para los operadores humanos.
Cabe destacar que como refieren Cristallo et al. (2023), los principios de transparencia algorítmica y no discriminación son requisitos esenciales para evitar sesgos que puedan vulnerar la imparcialidad del sistema. En tal sentido, la supervisión humana constante debe actuar como un filtro crítico que prevenga la deshumanización de la labor jurisdiccional.
Sirva de ilustración la implementación de algoritmos para la clasificación de casos prioritarios, donde la máquina sugiere el orden de atención basándose en criterios de urgencia, pero el juez mantiene siempre la potestad final de decisión.
Por otro lado, la transformación digital de la función judicial es el resultado de un consenso institucional que busca conciliar los aspectos legales con las necesidades operativas de la era tecnológica. Por ello, de Zaror Miralles & Moya García (2024) se entiende la importancia sobre la implementación técnica, la cual debe estar gobernada por principios como la neutralidad y la equivalencia del soporte electrónico al soporte papel.
En consecuencia, la modernización no debe prescindir de la intervención humana, sino potenciarla mediante la automatización de tareas repetitivas de poco valor. De este modo, el abogado moderno debe adaptarse a resolver problemas mediante herramientas informáticas –como IA legales en el caso de SofIA 3.0 de Tirant lo Blanch o LLMs tales como GPT, Claude, Gemini, Grok, Copilot con la personalización correspondiente– que aseguren la publicidad y reserva de la información según el caso.
Finalmente, este proceso de innovación requiere una planificación estratégica que integre la tecnología con la reforma de la organización y la gestión procesal. Precisamente, planes de trabajo como Justicia 2030 demuestran que la cogobernanza y el acceso a la justicia son las palancas fundamentales para la transformación de un país (Ministerio de Justicia de España, 2022).
Es dable enfatizar que la innovación no reside en el software en sí, sino en la capacidad de las instituciones para generar servicios digitales inteligentes y adaptativos. Particularmente, el uso de pleitos testigo y la textualización de grabaciones mediante aprendizaje automático son ejemplos de cómo la tecnología puede reducir drásticamente los tiempos de respuesta del Estado.
V. Conclusión general
La transformación cultural de la administración de justicia es un desafío que trasciende la simple inversión en infraestructura para situarse en el plano de los valores democráticos y el servicio al ciudadano.
Entiendo, también que la innovación exitosa es aquella que logra integrar el talento humano con una gobernanza de datos robusta, permitiendo que la tecnología sea un facilitador de la equidad y no un nuevo factor de exclusión social. Solo a través de una reconfiguración de los modelos mentales y una arquitectura ética de la información será posible construir una justicia que sea percibida como rápida, transparente y verdaderamente accesible para todos.
Por último, la administración de justicia debe evolucionar hacia un ecosistema digital inteligente que priorice la protección de los derechos fundamentales sobre las formas burocráticas anacrónicas.
El aprendizaje constante de los funcionarios y la participación ciudadana en el diseño de los servicios son las garantías para que este proceso no sea una moda pasajera, sino un cambio sistémico duradero. Al centrar la innovación en la persona, la justicia digital no solo moderniza sus procedimientos, sino que fortalece la legitimidad del Estado de Derecho en la sociedad del conocimiento.
VI. Referencias bibliográficas
- Aguirre Quezada, J. P. (2021). Justicia digital: propuestas de innovación. Mirada Legislativa No. 198, Instituto Belisario Domínguez, Senado de la República.
- AmCham Argentina y Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires. (2021). Tecnología e infraestructura en la justicia. Transformación digital del sistema judicial.
- Banco Interamericano de Desarrollo [BID]. (2022). Guía de transformación digital de la justicia.
- CAF – Banco de Desarrollo de América Latina. (2022). Uso estratégico de datos e inteligencia artificial en la Justicia. Informe 06.
- Castaño, D. (2022). La Justicia como servicio digital. Instituto de Ciencia Política Hernán Echavarría Olózaga.
- Cristallo, J., Lavin, R., Gayraud, F., & Daglio, A. C. (2023). Transformación digital en el sistema de justicia: oportunidades para una justicia rápida, accesible y transparente. Fundar.
- Hagan, M. (2019). Participatory Design for Innovation in Access to Justice. Dædalus, the Journal of the American Academy of Arts & Sciences.
- López, A., & Ceballos, N. R. (2018). El factor humano como base de la transformación del Poder Judicial. 3er Premio Formación Judicial.
- Ministerio de Justicia de España. (2022). Iniciativas de Transformación Digital: Justicia 2030.
- Zaror Miralles, D., & Moya García, R. (2024). La transformación digital de la función judicial. El caso del Poder Judicial chileno. Revista Mexicana de Análisis Político y Administración Pública.